Título IV. Función docente

    Título IV . Función docente


    Jesús García Martínez
    Inspector de Valencia

    La propuesta.
    En el anteproyecto de la Ley de Calidad se dedica un Título, el IV, a la función docente (arts. del 54 al 61) y de éste, un capítulo, - el primero -, a la Formación del profesorado.
    Ya en la exposición de motivos, en el artículo 1 - principios - se entiende el reconocimiento de la función docente como un factor esencial de la calidad de la educación, manifestado en la atención prioritaria por parte del sistema, a la formación y el perfeccionamiento de los docentes y a su promoción profesional.
    En concreto se establece que el MECD, en colaboración con las Comunidades Autónomas, establecerá periódicamente Planes Generales de formación permanente del profesorado. También se arbitrarán, por parte de las Administraciones educativas, las medidas necesarias para que, en determinados casos, los profesores de los niveles correspondientes a las enseñanzas escolares, puedan participar en actividades formativas de reconocida cualificación que se desarrollen dentro del periodo lectivo. Así, con el fin de que los profesores estén permanentemente actualizados su formación podrá completarse mediante:
    § Programas intensivos de formación y perfeccionamiento lingüístico, en colaboración con las Escuelas Oficiales de Idiomas.

    § Programas Europeos.

    § Programas específicos de actualización en Tecnologías de la Información y de las comunicaciones.

    § Estancias formativas en empresas para el profesorado de F.P.

    § Cursos para la formación de tutores de la E.S.O.

    § Cuantos otros que contribuyan a elevar la calidad de la enseñanza.
    Las Administraciones educativas, concluye el art. 57, establecerán los procedimientos de participación del profesorado en sus planes de formación (que tendrán validez en todo el territorio del Estado), lo mismo que en los programas de investigación e innovación.
    Análisis de la propuesta.
    La consideración de la formación permanente del profesorado como un factor de calidad educativa ya aparece de una forma clara en la LOGSE y en las normas que la desarrollan.. Así, el art. 55 de la citada Ley Orgánica establece como factores de calidad los siguientes:
    *Los procesos de innovación e investigación educativa en los centros docentes.

    *Los recursos educativos y la función directiva.

    *La orientación educativa, psicopedagógica y profesional.

    *La inspección y la evaluación del sistema educativo.

    *La Programación docente.

    *Y - como no- la formación del profesorado.
    También en lo referente a la elaboración y puesta en marcha de Planes Generales de formación permanente del profesorado por parte de las distintas Administraciones educativas en colaboración con el M.E.C.D. se puede decir que existe ya cierta institucionalización de los mismos. Al día de hoy, los profesores de las distintas Comunidades Autónomas entienden la formación continua como un derecho y una obligación consustancial a su labor docente. Posteriormente pasaremos a ofrecer datos al respecto, centrados en la Comunidad Valenciana.
    En cuanto a la necesidad de que la formación ofrecida por cada una de las Administraciones educativas en sus respectivos planes tenga validez en todo el Estado cabe señalar que, si bien siempre es positivo que ello venga garantizado por una Ley orgánica, de facto, ya venía sucediendo a través del acuerdo de la Conferencia de Educación sobre reconocimiento de actividades de formación del profesorado, recogido en la Resolución de 2 de septiembre de 1997 de la Dirección General de Coordinación y Alta Inspección (BOE de 1/10/97).
    Cuando se señala que se arbitrarán, por parte de las Administraciones educativas, las medidas necesarias para que, en determinados casos, los profesores de los niveles correspondientes a las enseñanzas escolares, puedan participar en actividades formativas de reconocida cualificación que se desarrollen dentro del periodo lectivo cabe analizar ambos aspectos:
    1- ¿A qué tipo de formación se está haciendo referencia? ¿A la Universitaria? (masters, postgrados, etc), ¿A la de determinadas entidades de reconocido prestigio? Parece que tal medida lleva implícita una connotación negativa de los propios centros de formación permanente del profesorado de las Administraciones educativas (CEPS, CPRs, COPs, CEFIREs, etc) como "formación que no tienen reconocida su cualificación". Volveremos sobre este aspecto y ofreceremos una visión centrada en la Comunidad Valenciana.

    2- Por otro lado, el hecho de situar la formación permanente del profesorado dentro del período lectivo, desde un punto de vista estrictamente sindical es, a todas luces, un avance, pero genera otros interrogantes que -seguro- tendrán una traslación en la calidad educativa que ofrece el sistema:
    Procedimiento de sustituciones. Los profesores asistentes a tales acciones formativas, ¿serán sustituidos por compañeros del centro educativo o por sustitutos? En cualquier caso ¿Cuál será el procedimiento de acceso al permiso por formación? ¿y el procedimiento de sustitución? ¿Qué impacto tendrá todo esto en la organización de los centros? ¿Y en la calidad de la enseñanza que ofrecen?
    Existencia de un período standard de permiso por realización de actividades de formación. Si nos vamos a un modelo de "año sabático" probablemente los perjuicios al sistema (de organización interna y funcionamiento de los centros, de dinámica de funcionamiento de los departamentos didácticos, de cohesión de los equipos educativos, etc), serán menores que si vamos a períodos quincenales, mensuales, o trimestrales, que vendrán alterar la vida interna de los centros, de los departamentos y - lo más importante- el proceso educativo de los alumnos.
    Por otro lado, los programas propuestos en la Ley de Calidad para completar la formación inicial de los docentes, no dejan de ser los que se vienen aplicando de manera ordinaria, al menos desde la entrada en vigor de la LOGSE. Así, todas las Comunidades Autónomas con competencias en materia educativa venían desarrollando, si bien bajo diversas denominaciones y orientaciones, planes de formación que incluían programas intensivos de formación y perfeccionamiento lingüístico, en colaboración con las Escuelas Oficiales de Idiomas, Programas Europeos, Programas específicos de actualización en Tecnologías de la Información y de las comunicaciones y cursos para la formación de tutores de la E.S.O.
    Respecto a estos últimos cursos, centrados en la acción tutorial, señalar que la verdadera novedad al respecto viene determinada por lo señalado en el art. 61 Medidas de apoyo al profesorado, cuando señala que: "Las Administraciones educativas, de acuerdo con su programación general de la enseñanza favorecerán el reconocimiento de la especial complejidad de la función tutorial mediante los oportunos incentivos profesionales o económico" En efecto, la importancia de la tutoría no es discutida por nadie: ni por los teóricos, ni por los prácticos de la enseñanza, pero con el marco legislativo actual no deja de ser la figura menos protegida del Sistema. Sin complemento retributivo asociado a tal responsabilidad, ni peso específico en los concursos de méritos de acceso a cuerpo superior, a la Condición de Catedrático, o en los Concursos de traslados, es una figura abocada a ser asumida por el profesorado provisional o interino, precisamente el que menos experiencia tiene, el que menos arraigo tiene en el barrio o pueblo donde está ubicado el centro y el que menos conoce a las familias. Urgía pues, reforzar la función tutorial y parece que el anteproyecto de Ley de Calidad va a hacerlo mediante incentivos de naturaleza económica y/o profesional.
    La única novedad respecto a los programas que centrarán la formación permanente del profesorado, son las estancias formativas en empresas para el profesorado de F.P. que, para la Comunidad Valenciana, no lo son, pues desde 1997 viene aplicando tales programas que gozan de gran aceptación entre el profesorado de Formación Profesional y se están revelando como un elemento importantísimo de actualización científico-tecnológica de dicho profesorado.
    De cualquier forma, lo que se atisba en el borrador de la Ley de Calidad respecto a la formación del profesorado no deja de ser un marco "macro" al respecto, que tendrá que materializarse en un modelo concreto de actuación, que responda a unos ejes de actuación, que se deriven de un modelo implícito de docente, a un/os objetivo/s generales claros y que se traduzca en unas líneas prioritarias de actuación.
    En la Comunidad Valenciana desde 1997 hasta hoy se está trabajando en un modelo de actuación que, si bien con sus limitaciones y disfunciones, implícitas a cualquier modelo, creemos que ha dado buenos resultados . Desde esa consideración pasamos a explicitar las líneas generales del mismo.
    Desde el reconocimiento a la labor desarrollada por los antiguos CEPS, y con el objetivo de dar un nuevo impulso a la formación del profesorado, a la investigación educativa y a la optimización de los Recursos Educativos existentes en tales centros, el Gobierno Valenciano aprobó, el 2 de septiembre de 1997 el Decreto por el cual se regula la creación, estructura y funcionamiento de los Centros de Formación, Innovación y Recursos Educativos de la Comunidad Valenciana, conocidos entre el profesorado por las siglas CEFIREs y que son concebidos como:"los órganos de la administración educativa para la formación permanente del profesorado de las enseñanzas no universitarias"
    La puesta en marcha de los CEFIREs ha representado, a todas luces, un nuevo impulso a la formación del profesorado que, aprovechando y optimizando la antigua red de Centros de Profesores, se ha extendido a lo largo de toda la geografía de la Comunidad Valenciana a través de sus 17 sedes, introduciendo elementos tan novedosos como necesarios, entre los que podemos destacar:
· Una atención especial a las nuevas tecnologías y su aplicación al campo educativo.

· La inclusión de la innovación y la investigación educativa entre sus fines, ya que éstas se han revelado en los últimos años como importantes fuentes de mejora y renovación de las prácticas docentes.

· La apertura a la comunidad educativa y a la sociedad, encauzada a través de un órgano de participación y representación social al modo del Consejo Escolar en los Centros docentes que se llama Consejo Pedagógico de Formación y en el que estarán representados los centros educativos públicos y privados de la zona de actuación de cada CEFIRE, los asesores del mismo, la Inspección Educativa y otros agentes.

· La creación de asesorías específicas que han venido a incidir directamente en los factores de calidad de la enseñanza. Entre éstas podemos mencionar las asesorías de "Tutoría y Transversalidad", "Necesidades Educativas Especiales y Atención a la Diversidad", "Gestión y Dirección de Centros", "Tecnología", etc.

· La puesta en marcha de modelos de intervención en formación del profesorado que permiten y favorecen procesos de pensamiento crítico e impulsan el crecimiento profesional de los docentes.

· La convocatoria de acciones formativas ajustadas a las demandas formativas detectadas en los centros y el asesoramiento en el puesto de trabajo, con un aporte importante de recursos materiales de naturaleza bibliográfica, informática, documental, etc.

· El apoyo a la elaboración de materiales curriculares propios.

· Y, sobre todo, el apoyo a la constitución de grupos y seminarios de trabajo y a la elaboración de Proyectos de Formación en Centros.

· Todo ello sin perder de vista el carácter colegiado de la función docente y la necesaria reflexión en la acción de los docentes, que será requisito previo para que las políticas de formación del profesorado tengan el impacto educativo deseado.
    Ejes de actuación en materia de formación del profesorado en la Comunidad Valenciana.
    Los ejes de actuación de la red de CEFIREs, de acuerdo con lo establecido desde la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística en materia de formación del profesorado y tras establecer mecanismos de comunicación y consulta con el profesorado, los centros educativos y los asesores de formación de los CEFIREs han sido los siguientes:
    1- Los elementos básicos de la nueva profesionalidad docente. Existe cierto consenso entre teóricos y prácticos de la enseñanza en determinar que tales elementos básicos son:
La reflexión en la acción.
El trabajo en equipo de los docentes.
Y la formación permanente orientada a la mejora continua de la práctica docente
    Y que, al mismo tiempo, se constituyen como premisas necesarias para que se dé una auténtica renovación de la enseñanza.
    2-El reto que supone para los docentes la nueva propuesta curricular.
    Un currículo abierto y flexible como el que nos propone la LOGSE y asume la Ley de Calidad hace que los docentes estén necesitados de adquirir nuevos conocimientos, didácticas especificas y , sobre todo, nuevos repertorios profesionales para manejarse en la diversidad. Si bien los itinerarios propuestos por la Ley de calidad vendrán a mitigar un poco la situación, la heterogeneidad del alumnado es un rasgo característico de la nueva situación por lo que es necesario conocer nuevas formas de trabajar en el aula que permitan atender de manera adecuada y eficaz la diversidad del alumnado.
    3-La sociedad de la información y las nuevas tecnologías aplicadas al hecho educativo.
    Este tercer eje de actuación supone insistir en la capacitación de los docentes en el manejo informático de las herramientas básicas y al mismo tiempo iniciar al profesorado en otras herramientas más avanzadas, actuales y complejas.
    4-El impulso de nuevas modalidades de formación más activas, motivadoras y potenciadoras de los elementos básicos señalados.
    Que vayan más allá del formato estándar de "curso", dando entrada a nuevas modalidades de actuación y reciclaje del profesorado, ( Encuentros, jornadas, Talleres, Seminarios, Ágoras, Grupos de trabajo, etc) surgidas en el seno de los colectivos intradocentes, en los centros educativos, que permitan el intercambio de experiencias y el rol del docente como investigador.
Líneas prioritarias de actuación en materia de formación del profesorado.
    Los ejes de actuación señalados se han materializado en una serie de líneas prioritarias de actuación en torno a un objetivo general: Ofrecer al profesorado una formación adecuada a las nuevas exigencias del sistema educativo , que responda a las necesidades de los centros educativos y que fomenten el trabajo en equipo del profesorado, el intercambio y la difusión de experiencias de innovación. Tales líneas prioritarias han sido:
    1-Establecimiento de una oferta formativa integrada en el Plan Anual de Formación (PAF) que contemple prioritariamente,
La atención a la diversidad y la compensación de las desigualdades en la educación, la resolución de conflictos en el aula, la atención educativa al alumnado con N.E.E. y sobredotación, la elaboración y puesta en práctica de Adaptaciones Curriculares Individuales y en Grupo, la función tutorial, la transversalidad y el proceso evaluador en la ESO.

La aplicación de las tecnologías de la información y de la comunicación en la educación, en sus niveles básicos y avanzados.

La actualización de recursos y nuevas tendencias en las áreas de conocimiento que comprende la F.P. específica y los Bachilleratos LOGSE.

Acciones específicas en determinadas etapas, modalidades y áreas del sistema educativo.
    2-La constitución de Seminarios y Grupos de trabajo de profesores adscritos a los CEFIREs.
    Desde el Servicio de Formación del Profesorado de la DGOIEPL se ha instado a los CEFIREs, con el fin de incrementar el impacto educativo de las acciones formativas y de impulsar los tres elementos básicos de la nueva profesionalidad docente ya señalados, a fomentar la creación de grupos de trabajo y seminarios en torno a temas pedagógicos de interés común, problemáticas específicas, Proyectos de innovación, etc. Fruto de ello es la constitución y registro de 947 grupos de trabajo inscritos oficialmente durante el pasado curso 2001/2002 lo que supone 28.620 horas de formación y 4.718 profesores participantes.
    3-Ayudas económicas para la realización de Proyectos de Formación en Centros.
    Esta modalidad formativa es prioritaria para la Conselleria de Cultura y Educación de la Generalitat Valenciana dada la repercusión que tiene sobre los tres elementos básicos de la profesionalidad docente. El poder articular proyectos de formación en torno a una problemática común, sentida por los agentes del hecho educativo y surgida en el seno del centro educativo, - entendido éste como la unidad básica de actuación, renovación y mejora de la práctica docente - se ha revelado como una estrategia altamente positiva y fuerte impacto en las prácticas de aula.
    Desde la Administración educativa se ofrece a los centros que ponen en marcha estos Proyectos de Formación, asesoramiento en el puesto de trabajo a través de los asesores de formación de los CEFIREs, recursos económicos para la compra de material docente, bibliografía, contratación de un ponente externo, certificación y reconocimiento.
    4-Ayudas económicas Individuales para actividades de formación del profesorado.
    Se ofertan mediante 4 modalidades:

    - Modalidad A: congresos, jornadas, seminarios, cursos de formación y otras actividades de formación realizados en la Comunidad Valenciana y en el resto del Estado.
    - Modalidad B: congresos, jornadas, seminarios, cursos de formación y otras actividades de formación realizados en el extranjero. ( prioritariamente el aprendizaje de las lenguas europeas).

    - Modalidad C: Master, Postgrados y Programas de Doctorado. Y

    - Modalidad D: Estudios encaminados a la obtención de una Titulación universitaria.
    5-El Establecimiento de un marco de relación con las universidades valencianas centrado en la formación del profesorado.
    Una vez superada la etapa de los cursos de especialización de Primaria e Infantil para la adquisición de las especialidades LOGSE era preciso establecer un nuevo marco de relación con las universidades valencianas que ha encontrado en el convenio de determinados cursos postgrado, su eje central de actuación. Así, durante el pasado ejercicio se conveniaron con las Universidades Valencianas.
    - Master /postgrado sobre prevención del Estrés Profesional Docente.

    - Master/postgrado sobre Nuevas Tecnologías aplicadas a los alumnos con N.E.E.

    - Master/postgrado sobre análisis y elaboración de materiales curriculares aplicados a la Educación Física..

    - Postgrado "Ecoauditorías en la escuela".

    - Master "educador Socio-ambiental.

    - La Lengua de Signos en la Escuela.

    - La educación rural ante las nuevas tecnologías.

    - Perspectivas actuales de intervención con discapacitados auditivos.

    - Curso postgrado de animación a la lectura.

    - Cursos de Prevención de Drogodependencias.
    6-Convenios con Entidades Colaboradoras para la formación del profesorado.
    El marco legal de referencia es la Resolución de 16 de febrero de 1998 de la DGOIEPL por la que se establece el procedimiento para la autorización de actividades de formación del profesorado organizadas por entidades colaboradoras. Ello permite complementar la oferta del PAF y abrirla a otras entidades sin coste alguno para la Administración educativa. Durante el curso 2001/2002 el número de entidades con convenio firmado de colaboración ascendía a 59, siendo el número de actividades registradas y homologadas en ese ejercicio de 416, lo que supone un total de 8.480 horas de formación y 8.528 profesores.

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