
Ley Orgánica de Calidad de la Educación. Título preliminar.
Garrido Anadón, Pedro
Inspección de Barcelona
Coordinador
El desarrollo del Art. 27 de nuestra Constitución, la rápida transformación
democrática de la sociedad española , la necesidad de pertenecer a Europa (en aquellos
momentos un deseo) hace que la legislación educativa española se mueva a ritmos más
acelerados que los de costumbre. Por lo que respecta a las grandes leyes directrices y
orgánicas se desarrollan en intervalos muy reducidos si lo comparamos con periodos
históricos anteriores . En el transcurso de cinco años se publican y desarrollan las dos
más importantes; la LODE (B.O.E. 4.7. 1985) y la LOGSE ( B.O.E. 4.10. 1990).
Posteriormente , en otros cinco años la LOPEGCD ( B.O.E. 21.11.1995 ) y en un futuro
próximo la de Calidad de la Educación. A este apartado se le podría denominar leyes
orgánicas progresistas y alguna marcha atrás. En las leyes orgánicas mencionadas en
primer lugar se comienzan a poner en práctica conceptos tan evidentes como:
· Integración en la enseñanza de los derechos y libertades,
· la participación de todos los sectores en la programación de las líneas directrices,
· la doble red de centros,
· los órganos de dirección electivos de los centros docentes,
· el establecimiento de los derechos y deberes de los alumnos
· la ordenación del sistema educativo de una manera conjunta ,
· la lucha por una educación comprensiva ,
· la obligatoriedad y prolongación de la obligatoriedad hasta los 16 años,
· el tratamiento específico de las enseñanzas de régimen especial ,
· la preocupación por la calidad de la enseñanza,
· La regulación de los nuevos cuerpos de profesores
· la compensación de desigualdades ,
· la implementación de los ciclos formativos , entre otras.
A partir de aquí , y a través de la LOPEGCD , se tratan de ratificar e incidir en
algunos conceptos ya empleados. La participación y la autonomía, la primera con la
conveniencia de perfilarla e intensificarla , mientras que la segunda ha perdido la
inercia, y por la falta de desarrollo se puede considerar que esta retrocediendo; ¿ las
comunidades autónomas que recibieron las transferencias educativas han continuado el
movimiento centrifugo y han transferido a los municipios alguna función ? ¿ alguna se ha
librado de pensar que el alto grado de información que proporciona la informática puede
servir para algo que no sea la toma de decisiones centralizadas ?. La mencionada ley
mantiene la elección de los directores, pero potencia su preparación y fortalece su
liderazgo. Igualmente refuerza por inexistente - en el ámbito real - hasta ese momento ,
la evaluación del sistema educativo, de los centros y de la función docente, y
consecuentemente regula la Inspección. ¿ Que tendencia , progresión o regresión, se
puede intuir a la futura Ley Orgánica de la Calidad de la Educación ?.
El proyecto se manifiesta desigualdad en el tratamientos de los temas, priorizando
subjetivamente unos sobre otros, es poco clarificador , a propósito o no, lo que me hace
compartir en el aspecto de su presentación e intenciones la preocupación de algunas
instituciones que en el entorno de la Comunidad Autónoma de Cataluña han analizado el
documento. El Consell Escolar de Catalunya considera que el documento " ofrece una
visión descontextualizada porque solo destaca aspectos negativos y no reseña los
positivos, que sin duda existen" además de remarcar que el documento hace referencia
a todo el Estado , a todas las etapas y a todos los centros y en todos ellos no existe el
mismo tipo de estructura y desarrollo. El S.E.C.C. en su reflexión introductoria
manifiesta que " los criterios con que se ha elaborado el documento no parecen los
más adecuados para aunar las inquietudes y el deseo de renovación que existe en el mundo
de la educación" y añade que se ha preferido mirar hacia atrás para descubrir lo
que en la legislación actual no ha ido suficientemente bien" " pero el
documento , del MEC , no hace un análisis suficientemente detallado de la situación
actual que nos permitan distinguir entre los problemas que derivan de la legislación
vigente, y aquellos otros que han sido causados precisamente porque la legislación
vigente no se ha aplicado de forma correcta. Otro apunte que manifiesta el documento de
S.E.C.C. es que el modificar la estructura del Sistema Educativo cada cinco años provoca
desorientación en los directivos de los centros. Por último la AIEC en un documento, de
notable calidad, muy completo y técnico , sin adjetivar la intención ni forma del
proyecto puntualiza que ante la manifestación de que " la ley presenta una nueva y
cualitativa vertebración del sistema de enseñanzas escolares , porque la anterior
normativa carece, en aspectos esenciales, de la capacidad de responder a los objetos
planteados" no existe necesariamente la necesidad de cambio ya que el marco actual es
suficiente para producir la adaptación a los retos actuales. Y añade, en otro apartado,
que la normativa ha de ser objeto de revisión para no quedar inoperante pero siempre a
través de una revisión objetiva que nos indique cuales son los aspectos que se debe de
cambiar y cual es la manera de alcanzar los objetivos planteados y explicitar que
objetivos, por su correcto funcionamiento deben de permanecer
(¿Sugieren los
compañeros la necesidad de haber preparado un "libro blanco" para estudiar la
situación del Sistema educativo ? Si la respuesta hipotética fuera negativa, lo añado
personalmente, el tema de la reforma universitaria, de la formación profesional y el
presente de la calidad era motivo suficiente para preparar un "libro blanco" ).
Por último manifiestan que los conceptos de calidad como elementos básicos de la
legislación no han aparecido por primera vez en el proyecto , Cierto, y en mi opinión da
pie para decir que los objetivos que conforman la definición de la calidad son mutables,
y entrar a continuación en el análisis de dichos objetivos .
En primer lugar es necesario según Muñoz Repiso distinguir dos planos de análisis
cuando se trata de calidad desde el punto de vista educativo. El plano de los fines ( que
tipo de resultados se quieren lograr) y el de los procesos y medios ( cómo y con qué
recursos se lleva a cabo la educación) . El primer plano creo que queda definido en las
dos primeras leyes orgánicas referenciadas, mientras que el contenido de la LOCE parece
estar dedicado casi íntegramente al segundo ya que si bien existen en el texto apuntes de
política educativa, su fuerza está referida a los ámbitos de las instituciones y los
centros docentes o al ámbito mas restringido del aula.
En general y por tanto referido al Sistema Educativo " Calidad significa cosas
diferentes para distintos observadores y grupos de interés, no todos comparten las mismas
percepciones de las prioridades para un cambio" esta referencia tomada de la O.C.D.E.
sirve para comentar el subjetivismo del concepto calidad. Los conocidos informes Colean de
1966 y Genes en 1972 además de discrepar en la influencia del entorno sobre el centro
educativo y viceversa nunca pudieron detectar los rastros significativos de diferencias en
las escuelas y en las variables escolares. Cuando calidad significa grado de excelencia ,
se abarcan dos aspectos, el de juicios de valores y el de posición en una escala
implícita de bueno y malo ; pero siempre existirá alguien que determine los dos extremos
de la escala de gradación, dicho de otra manera lo bueno y lo malo.
¿ Calidad para que? Al precisar a que objetivos de calidad se debería otorgar
prioridad se plantea el interrogante decisivo de en que aspectos del rendimiento deben
entrar en la especificación general de calidad y buena parte de este debate guarda
relación con inversiones, procesos y resultados. ¿ Debería otorgarse prioridad en las
definiciones de calidad a aquellos resultados específicamente definidos como cognitivos (
básicos) o tendrían que abarcar además una comprensión más amplia de los propósitos
de la educación para incluir un aprendizaje afectivo , social, estética y moral. ¿
Calidad para quien. ? En el objetivo de educar a cada joven hasta los limites de su
capacidad sigue siendo fundamental dentro de la necesidad de construir el futuro de
sociedades más democráticas y cada vez más pluralistas sobre los muy diferentes
talentos de los jóvenes, pero cada día se intensifican los esfuerzos hacia los
desfavorecidos y minusválidos .
En general , la futura Ley que prepara el gobierno se enmarca en la línea de las
políticas educativas de la Unión Europea con el establecimiento de los itinerarios en
los últimos años de la escolarización obligatoria, recuperación de la disciplina y
autoridad por parte de los profesores, potenciación de la formación profesional pero
quiero señalar la opinión de otra experta educativa y comparativista , la exdirectora de
la red Eurydice, Luce Pépin que manifiesta que " la búsqueda de la calidad a
través de una mayor eficacia de los sistemas educativos no debe hacerse en detrimento del
principio de igualdad"
Los principios ( objetivos) para alcanzar la calidad del sistema educativo que se
proponen son:
a) la equidad que garantiza una igualdad de oportunidades de calidad para el pleno
desarrollo de la personalidad a través de la educación, en el respeto a los principios
democráticos y a los derechos y libertades fundamentales.
b) La capacidad de transmitir valores que favorezcan la libertar personal , la
responsabilidad social y la cohesión y mejora de las sociedades, que ayuden a superar
cualquier tipo de discriminación , así como la practica de la solidaridad, mediante el
impulso a la participación cívica de los alumnos en actividades de voluntariado.
Nada que añadir, la superación de la instrucción como meta parece a todas luces
coherente con los sistemas educativos evolucionados, la compensación , el pleno
desarrollo del alumno, la igualdad de oportunidades ... finalidades todas encomiables pero
ya vigentes en nuestro sistema con mayor o menor grado de cumplimiento, en cualquier caso
con necesidad de potenciar los recursos humanos y económicos necesarios . No obstante, y
a pesar de su existencia no sobra su reiteración en este manifiesto de voluntades porque
significa la no exclusión del alumnado con dificultades al que se le conceden los mismos
derechos que al resto y por tanto su derecho a conseguir las competencias básicas.
c) La participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, en el ámbito
de sus correspondientes competencias y responsabilidades, en el desarrollo de la actividad
escolar de los centros, promoviendo, especialmente el necesario clima de convivencia y
estudio.
Otro objetivo desarrollado y no modificable. No obstante deben continuar los esfuerzos
centrar y concretar el significado de " en sus correspondientes ámbitos de
competencias y responsabilidades " . Están definidos los canales de participación ,
los consejos escolares y a través de este órgano de decisión y gestión deben de
encauzarse. No tendría que considerar la responsabilidad que atribuida a los centros en
determinados fracasos con los alumnos hace necesaria que por parte del sector padres se
asuma su cooperación en la educación de sus hijos coherente con la obligación de ser
responsables. Probablemente el legislador al referirse aquí a las "actividades
escolares" excluye las extraescolares, pero parece acertado no hacerlo ( o no quiero
hacerlo puesto que me da pie para el siguiente comentario ) porque significa una clara
discriminación de los alumnos según la opción que hagan de red pública o privada; ¡
actividad escolar cuantitativa igual para todos ¡ o todos horario de cinco horas o todos
de seis ¡ la solución actual es económica en función de la familia y esto se debe
definir técnicamente. Esta propuesta de participación podría ser la base de hacer más
sencillo el cumplimiento de los principios a) y b) facilitando una sentida política de
integración de los alumnos con necesidades especiales sociales, físicas y psíquicas que
a veces , más de las justas, son acompañadas por las económicas.
d) La concepción del de la educación como un proceso que posee un valor permanente,
que se extiende a lo largo de toda la vida.
Ya nadie discute que la formación de los ciudadano es para toda la vida, no puede ser de
otra manera con una sociedad que proporciona ingentes cantidades de información, un mundo
laboral que evoluciona a un gran ritmo por lo que respecta a la solicitud de especialistas
y cualificaciones Pero de nuevo nos encontramos con un principio que de hecho es asumido:
la interrelación entre las especialidades de la escolarización no obligatoria
proporcionan itinerarios que facilitan la consecución de los objetivos personales de los
alumnos . En otro sentido la educación de las personas adultas proporciona igualmente
vías de acceso al sistema educativo.
e) La consideración de la responsabilidad y del esfuerzo como elementos esenciales del
proceso educativo.
Sería una equivocación centrar únicamente en los alumnos la necesidad de implantar la
cultura del esfuerzo, aunque así parece desprenderse por la literatura generada. El
esfuerzo y la responsabilidad es de todos correspondiendo a los sectores o ámbitos que se
pueden distinguir en el sistema educativo. No obstante interesa aquí romper una lanza
contra la culpabilización y la concepción fatalista del alumnado generalizada en el
sentido de que no se esfuerza. Sería justo , igualmente, hablar de motivación, poner a
su alcance oportunidades adecuadas a sus características personales, métodos de trabajo
que permitan alcanzar los mismos objetivos con distintas actividades. Se puede pensar en
buscar el mejor rendimiento de los alumnos presionándolos con sistemas adecuados y bien
presentados. Por último se debe pensar frecuentemente, pasando de la frase a la
implicación, en que el beneficiario del Sistema Educativo debe ser el alumno en su
conjunto y no las cifras estadísticas que permiten demostrar una eficacia
administrativo-política.
f) La flexibilidad, para adecuar su estructura y su organización a los cambios,
necesidades y demandas de la sociedad, y las diversas aptitudes, intereses y expectativas
de los alumnos.
El Sistema actual es suficientemente flexible para permitir los cambios dentro del mismo.
El tema más preocupante es la adaptación a las necesidades de la sociedad en la que se
se han de considerar dos grandes líneas de trabajo ; la primera potenciar el tratamiento
del ámbito laboral en los últimos cursos de la escolarización obligatoria y la segunda
mantener vivo el nexo de unión entre las necesidades empresariales por lo que respecta a
preparación de trabajadores y las especialidades de los alumnos que salen del Sistema
Educativo.
g) El reconocimiento de la función docente como factor esencial de la calidad de la
educación, manifestado en la atención prioritaria a la formación y actualización de
los docentes y a su promoción profesional.
Sobre este apartado seria conveniente aplicar el sentido etimológico de disciplina ( de
discípulo ) en el sentido de promocionar la atención, deferencia y consideración de los
alumnos hacia el profesor, y paralelo a ello motivar a los profesores con un sistema de
promoción profesional y/o económica justo y efectivo que permita establecer una
correspondencia directa entre esfuerzo y compensación . Los profesores, en general,
sienten la formación como una necesidad profesional , a mi modo de ver las propuestas
establecidas por la administración educativa no siempre son coherentes con las
necesidades de los centros y se debería dar paso a una autonomía de formación de los
centros que permitiera contratar a los mismos la actividad deseada y al centro formador
competente o facultar a la inspección educativa para determinar los contenidos de dicha
"formación necesaria".
h) El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la
innovación educativa.
Nada que comentar, excepto desear su cumplimiento y la aplicación de criterios técnicos
en la determinación de los objetos de la investigación.
i) La evaluación y la inspección del conjunto del sistema educativo, tanto en su
diseño y organización como de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Tema este en que se traslada al lector al título correspondiente y al de la Inspección
Educativa.
j) La eficacia de los centros escolares, mediante el refuerzo de su autonomía y la
potenciación de la función directiva de los centros.
El tema es recurrente y cíclico, se trata con asiduidad pero con insuficiente voluntad
política de superación. Sin querer entrar en más consideraciones para evitar la
repetición ¿Han realizado las comunidades autónomas esfuerzo alguno conceder más
autonomía a los centros? O los directores tampoco tienen muchos deseos por asumirlas? Las
realizaciones han ido mínimas l ámbito organizativo, contradictorias en el curricular e
insignificantes en el económico. Por lo que respecta a la función directiva se va
reforzando con medidas tímidas de aumento de la duración del mandato, incremento del
complemento económico, condicionamiento a una formación previa , pero existe una
impresión generalizada de que el problema no esta resuelto y es la dificultad de
encontrar profesionales con competencia que lo deseen y establecer la evaluación de
aquellos que tienen basada su elección y reelección en una política de
"laisser-fair" o "no molestar".
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