Inspectores accidentales

Acta de la Asamblea de USITE (22 de mayo de 2009)

9. Inspectores accidentales. Por los compañeros de Murcia se expone la memoria de actuaciones de la Coordinadora Nacional de inspectores accidentales de educación en el Estado español así como la propuesta de USITE Murcia de “incorporación de una disposición transitoria en el Estatuto del funcionario docente no universitario”. Después de su análisis y debate, se acepta esta propuesta en sus propios términos para su defensa por USITE Estatal. Se transcribe a continuación:

Propuesta de incorporación de una disposición transitoria en el Estatuto del funcionario docente no universitario

Disposición transitoria ____. Acceso de los Inspectores Accidentales al Cuerpo de Inspectores de Educación.

  1. Las Administraciones Educativas, que a la entrada en vigor del presente Estatuto hubiesen seleccionado Inspectores Accidentales de Educación mediante procedimientos basados en convocatoria pública y principios de igualdad, mérito y capacidad, podrán consolidar la situación administrativa de estos Inspectores siempre que ocupen un puesto en dicha tarea con un mínimo de dos años de antigüedad a la fecha del cierre de la correspondiente convocatoria, a través de un concurso-oposición de carácter excepcional y a través de una única convocatoria de las Administraciones Educativas.
  2. El citado concurso-oposición constará de una fase de concurso en la que se valorarán de forma preferente la experiencia en la función inspectora, además de la formación académica y la experiencia docente previa.
La fase de oposición consistirá en la elaboración y defensa de una memoria sobre las funciones propias de la Inspección Educativa. Los aspirantes expondrán ante el tribunal calificador la memoria indicada, pudiendo el tribunal formular al aspirante preguntas o solicitar aclaraciones. Ninguna de las fases será eliminatoria.

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